Algoncas | 18:17
Transporte de carga libre de pesticidas o poniendo estaba el infractor
Córdoba.- El Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentos de la provincio de Córdoba ha prohibido el tratamiento de los camiones y vagones de transporte de mercaderias durante el tránsito hasta destino con fosfuro de aluminio. La medida fue reglamentada por medio de la Resolución N°304/2010 publicada en el boletin oficial.
Además, la medida obliga a los titulares de la carga de granos, productos y subproductos de cereales y oleaginosas, a emitir una Declaración Jurada que certifique que la misma se traslada libre de pesticidas.
El mencionado documento permitirá salvaguardar la integridad física del trabajador del volante y podrá ser solicitado al transportista o responsable junto a la Carta de Porte, tanto por los fiscalizadores de la cartera agropecuaria como por la Policía Caminera. En caso de infracción la sanción será de acuerdo a lo establecido en el artículo 96 del Código de Faltas de la provincia de Córdoba.
La medida dispuesta por la cartera agropecuaria, responde a la solicitud que hiciera a mediados de junio, la Mesa de Transporte provincial frente a los graves hechos ocurridos por las reiteradas violaciones a la prohibición del Servicio Nacional de Sanidad Vegetal (N°03/83), de tratar con fosfuro de aluminio los granos durante su tránsito. Además, desde el Ministerio aseguraron que continuarán con las tareas de capacitación, difusión y concientización sobre el cumplimiento de la mencionada norma y de todas las medidas de seguridad que deben respetar las personas que manejan agroquímicos y transportes de carga.
Además, la medida obliga a los titulares de la carga de granos, productos y subproductos de cereales y oleaginosas, a emitir una Declaración Jurada que certifique que la misma se traslada libre de pesticidas.
El mencionado documento permitirá salvaguardar la integridad física del trabajador del volante y podrá ser solicitado al transportista o responsable junto a la Carta de Porte, tanto por los fiscalizadores de la cartera agropecuaria como por la Policía Caminera. En caso de infracción la sanción será de acuerdo a lo establecido en el artículo 96 del Código de Faltas de la provincia de Córdoba.
La medida dispuesta por la cartera agropecuaria, responde a la solicitud que hiciera a mediados de junio, la Mesa de Transporte provincial frente a los graves hechos ocurridos por las reiteradas violaciones a la prohibición del Servicio Nacional de Sanidad Vegetal (N°03/83), de tratar con fosfuro de aluminio los granos durante su tránsito. Además, desde el Ministerio aseguraron que continuarán con las tareas de capacitación, difusión y concientización sobre el cumplimiento de la mencionada norma y de todas las medidas de seguridad que deben respetar las personas que manejan agroquímicos y transportes de carga.
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