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Algoncas | 11:56

Mestre va a pagar pero quiere saber a quien y porque

Córdoba.- El intendente Ramón Mestre fijó la modalidad para el pago de deudas superiores a 20 mil pesos para todos los acreedores municipales en el marco de la Emergencia Pública ratificada por el municipio, el alcalde cordobes reglamentó por medio de la Ordenanza 12.009, la constitución de un Organismo de Control Interno (OCI) y una Oficina de Revisión Técnica (ORT), para verificar los montos adeudados a diversos acreedores del Estado Municipal.

El decreto 099 rige a partir del 1 de febrero de este año y fija un proceso de consolidación de deuda para todos los montos superiores a 20 mil pesos, generados con anterioridad al 10 de diciembre de 2011, prohibiendo su pago sin autorización de dichos organismos.

Para iniciar el trámite de cobro, el proveedor ingresará por Mesa General de Entradas un “Formulario de Solicitud de Pago de Deuda Consolidada”, junto con una nota explicativa donde figure la repartición donde se originó el gasto y otros datos identificatorios del acreedor. El escrito se presenta por 4 ejemplares y tiene carácter de Declaración Jurada.

Esa información se centralizará en la Oficina Administrativa del Organismo de Control Interno, que pedirá informe a cada área de acuerdo a lo solicitado por el acreedor.

Luego, la Oficina de Revisión Técnica analizará cada crédito en particular, dando intervención a la Dirección de Contaduría, que calculará los intereses correspondientes si el peticionante optó por el pago en efectivo y pasará el trámite a manos del Organismo de Control Interno (OCI), que emitirá dictamen. En caso de deudas judiciales, la Asesoría Letrada se expedirá previamente al dictamen.

Posteriormente, la Secretaría de Economía autorizará la liquidación final y se girará al Tribunal de Cuentas para que preste conformidad al acto administrativo, antes de la notificación del acreedor por parte de la Dirección de Contaduría.

Finalmente, la Dirección de Presupuesto, recibirá el expediente y dispondrá el pago en efectivo o en “Títulos de Cancelación Municipal”.

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